El Tribunal Supremo sanciona a las cinco grandes distribuidoras de cine, Sony Pictures, Warner Sogefilms, Hispano Foxfilm, United International Pictures y Walt Disney Company Iberia, por acordar políticas comerciales para repartirse una parte sustancial del mercado español. En cinco sentencias, la Sala Tercera confirma las «conductas anticompetitivas» que considera probadas la Audiencia Nacional tras una resolución del Tribunal de Defensa de la Competencia de 2006 que estableció que las cinco filiales españolas de las grandes distribuidoras de cine estadounidenses habían infringido la ley. Se les multó con 2,4 millones de euros a cada una. No obstante, la Audiencia ordenó recalcular la cuantía de las multas de modo que no excedan del cinco por ciento sobre el volumen de ventas de cada empresa sancionada, correspondiente al ejercicio económico de 2005 y que ahora ratifica el Supremo. Cuanto más taquillera era la película más alto eran los porcentajes cobrados por las cinco distribuidoras. En 2002, los porcentajes comenzaron en el 60 % de la recaudación de la primera semana de exhibición para las cintas con mayor éxito y del 55 o 50 % para las menos taquilleras.