El Tribunal Supremo declara que AISGE, la entidad de gestión de los actores del medio audiovisual, abusó de su posición de dominio al incrementar las tarifas aplicables a las salas de cine en casi un 100% de forma injustificada. La entidad de gestión de los actores deberá pagar una multa de 627.855 euros. El Tribunal Supremo, en sentencia del 24 de febrero, ha desestimado el recurso de casación interpuesto por AISGE contra la sentencia de la Audiencia Nacional de 13 de noviembre de 2013 que, a su vez, había desestimado el recurso contencioso-administrativo presentado también por AISGE contra la Resolución de la Comisión Nacional de la Competencia de 19 de diciembre de 2011, en la que se declaró que la citada entidad de gestión había abusado de su posición de dominio en el mercado al incrementar su tarifa general de forma unilateral e injustificada en casi un 100% al pasar de un nivel del 0,8% a un 1.5% de los ingresos de taquilla y le impuso una multa de 627.855 euros. Las salas de cine pagan aproximadamente un 3% del precio de la entrada a las entidades de gestión como SGAE, DAMA, AISGE y AIE, además de pagar un porcentaje superior a las distribuidoras. Las salas de cine se han quejado en muchas ocasiones de que pagan dos veces por lo mismo, una vez al distribuidor y una segunda vez a las entidades de gestión, situación que es anómala en el panorama internacional. Para solucionar esta situación se modificó la Ley de Propiedad Intelectual en el año 2014, pero tres años más tarde la situación todavía no ha mejorado, en gran parte debido a la resistencia al cambio de entidades de gestión como AISGE, que disfrutan de una posición privilegiada de monopolio desde la que, en muchas ocasiones, intentan imponer precios excesivos e injustificados.